Deniegan la guarda y custodia compartida al no existir supuestamente un proyecto claro de cómo se va a desarrollar

Recogemos por su interés la Sentencia 593/2018 del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, de fecha 30 de octubre de 2018, por la que se confirma la Sentencia de la Audiencia que estableció la guarda y custodia del hijo menor del recurrente a la madre, denegando la custodia compartida.

En este caso el Tribunal Supremo recurriendo al fácil expediente del supuesto beneficio del menor, deniega la guarda y custodia compartida al no existir supuestamente un proyecto claro de cómo se va a desarrollar más allá de un simple reparto de tiempos y de la recuperación de la vivienda. Según el Tribunal Supremo el horario del padre (farmacéutico) dificulta la posibilidad de una custodia compartida, e imposibilitando la relación padre- hijo concede la custodia a la madre.

Otra vez más, es fácil comprobar el sesgo de género en las resoluciones judiciales, pues en casos similares, y cuando los horarios laborales de la madre no favorecen la custodia compartida (o incluso la custodia exclusiva), sin embargo los juzgados y tribunales no dudan al otorgar la custodia a la madre.

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