5.L.- ¿Puedo negociar la dación en pago de la vivienda al banco sin contar con mi exesposa?

Entendemos por dación en pago el pacto entre el banco de una parte, y los deudores y los dueños de la casa, de otro, por el que el primero acepta quedarse con la propiedad de la vivienda hipotecada, a cambio de cancelar toda la deuda.

En principio, el banco solo aceptaría renegociar el pago de la hipoteca o la dación en pago sólo contigo si tú eres el titular único del préstamo y el dueño de la casa en exclusiva, aunque en el divorcio se haya adjudicado en uso a la esposa. En los demás casos, el Banco sabrá en un momento o en otro, si es que no se le ha dicho desde el principio, la situación de divorcio y quien tiene el uso de la vivienda. Puede haber conversaciones informales del banco con cada uno de los dos por separado, para sondear las posibilidades de pago de uno y de otro, y la disponibilidad para la dación en pago, pero la escritura de novación o de cesión de la propiedad al banco en pago de la deuda deberá necesariamente ser firmada por los dos simultáneamente.

Si los dos firman la dación en pago, el derecho de uso a favor de los hijos y de la esposa se extingue completamente, sin que el exmarido asuma responsabilidad alguna por ello. Será causa de modificación de los términos del divorcio para regular de otro modo la contribución de cada uno de los dos a los alimentos de los hijos, incluido el tema de la vivienda.