10.- ¿Cuál es la validez de las pruebas periciales en los casos de custodia compartida?

Cuando una pareja se separa, el juez solicita a expertos en comportamiento humano, que emitan un informe sobre cuál será la mejor situación relacional para un menor o menores cuyos padres se separan o se han separado. Hasta aquí todo es comprensible. Los técnicos procurarán ofrecer una respuesta razonada a través de un informe pericial que será un elemento importante en la resolución del juez. Pero, y ahí está el quid, nos encontramos en muchas ocasiones que la falta de rigor metodológico en la utilización del dictamen psicológico sirve para justificar ideológicamente la supresión de derechos filiales y parentales.

¿Por qué ocurre esto? Quizá porque el trabajo efectuado por los peritos psicólogos sufre, en muchos casos, de falta de rigor y fundamento científico. Justificar diagnósticos psicopatológicos basándose exclusivamente en los perfiles obtenidos en los test y cuestionarios de personalidad, sin contraste con la historia vital del sujeto, junto con el hecho de realizar una praxis contraria al protocolo clínico, es espantosamente irresponsable.

El alcance y valor predictivo de los test y cuestionarios clínicos y de personalidad respecto de la competencia parental es muy limitado. De hecho su utilidad es muy escasa debido a que entre las dimensiones que analizan estos instrumentos no se encuentra la capacidad característica que correlaciona con un buen desempeño parental, excepto en casos de puntuaciones extremadas. Es decir, el progenitor puede presentar un perfil normal y estar sus intereses muy lejos de la crianza de los hijos; o a la inversa, presentar un perfil desviado de la media y ser a su vez un excelente cuidador de sus hijos. Así pues, podemos afirmar que la afectación psicológica puede no interferir con el buen desempeño parental.

Los instrumentos de personalidad gozan de ser objetivos, aunque cabe señalar que el psicólogo hace una interpretación sobre las puntuaciones obtenidas y que mal utilizados, estos test, dejan una puerta abierta a la subjetividad del profesional. Cabe como ejemplo que una misma puntuación en una escala puede ser interpretada de maneras muy distintas dependiendo de los adjetivos y rasgos que elijamos para ilustrarla, tomados todos del mismo manual del instrumento.

La falta de rigor, objetividad y acuerdo entre lo evaluado y lo que se pretende evaluar, haciendo mención al problema de validez, se hace más evidente cuando se habla de instrumentos de naturaleza proyectiva, (el Test de la Casa, el Test de la Familia, el test del Garabato o el Test del Árbol), instrumentos criticados por la comunidad científica por no haber demostrado sus cualidades como instrumentos válidos y fiables.

Asimismo, cabe señalar que en el proceso de peritaje psicológico, se detecta un abuso del peso que la interpretación de las entrevistas tiene en las decisiones de los informes periciales. Cuando no se graban las entrevistas y no queda registro de ellas, las interpretaciones incorrectas y las omisiones de contenidos significativos, son muy posibles por la subjetividad de la interpretación.

Hay que recordar que a la hora de elaborar el informe psicológico debemos tener en cuenta la valoración protocolizada de los estilos educativos y de socialización característicos de cada uno de los dos progenitores, los métodos de análisis de la autoeficacia parental y la satisfacción y motivación hacia las tareas de crianza; así como la información contrastada proporcionada por el entorno social de los progenitores y referida a su comportamiento parental previo a la separación.

Tener en cuenta que cuando el sexo de los progenitores es el criterio preferente para recomendar la atribución de las custodias, y se desconsidera la verdadera competencia parental de los padres, se incumple el mandato de procurarles el mejor entorno para su desarrollo emocional.

Por todo ello cabe señalar que todo informe pericial debe estar sustentado en su mayor parte en la obtención de pruebas mediante métodos científico y objetivo, y en su menor parte en interpretaciones y opiniones. Para ello es necesario que se aporte y justifique ante el juez y las partes, el propósito de su diseño metodológico y el valor asignado a cada una de las pruebas propuestas para los periciados. Por ejemplo que las entrevistas y sesiones con el profesional, queden registradas y se pongan estas grabaciones a disposición de los usuarios que han participado en ellas.

Cristina Valls Ayuso.

Psicóloga. Miembro de la Asociación de Peritos Colaboradores con la Administración de Justicia de la Comunidad Valenciana.