El Tribunal Supremo vuelve a reiterar que en los casos de separación de los progenitores la custodia compartida debe ser el régimen normal y deseable, y llama la atención a la Audiencia Provincial de Granada por la escasa fundamentación de su resolución previa.
El Tribunal Supremo sostiene que la Audiencia Provincial de Granada “se aparta de la doctrina mencionada, sustentando su postura en datos inconsistentes, imprecisos e incompletos, limitándose a mencionar las bondades del mantenimiento del sistema de custodia sin contrastarlo con las posibilidades del solicitado, que aconsejaba el informe psicosocial”

El
Tribuna Supremo estima así el recurso de casación presentado por el abogado de familia,
Presidente de la Asociación Europea de Abogados de Familia, don
Javier Mª Pérez-Roldán y Suanzes-Carpegna, y llama la atención a la Audiencia Provincial de Granada sobre lo inconsistente de sus argumentos en contra de la
Custodia Compartida.
La Asociación
Europea de Abogados de Familia se felicita por esta nueva
Sentencia del Tribunal Supremo, que confirma que el régimen de custodia
compartida, en caso de separación de los progenitores, debe ser el normal y
deseable.
En el presente
caso, el Tribunal Supremo, por medio de Sentencia notificada en el día de hoy,
y dictada el 05/04/2019, viene a estimar el recurso de casación presentado por
el presidente de la Asociación Europea de Abogados de
Familia, el letrado don Javier Mª Pérez-Roldán y Suanzes-Carpegna,
y casa y anula la Sentencia dictada por la Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Granada en
fecha 25 de mayo de 2018.
En palabras del letrado Pérez-Roldán: «Esta Sentencia es un nuevo avance
en la protección de los menores al garantizarse la igualdad de sus padres
varones en su crianza. Y es que nuevamente vuelve a llamar la atención sobre
las Resoluciones infundamentadas de las Audiencias Provinciales, en este caso
la de Granada.
Desde
la Asociación Europea de Abogados de
Familia llevamos tiempo denunciando que determinadas Audiencias
Provinciales se han colocado en situación de "desobediencia civil" al
ignorar constantemente la figura de la Custodia Compartida. Esta nueva
Sentencia del Tribunal Supremo refuerza nuestra postura, pues lo viene a
reconocer de manera literal».
Desde esta
Asociación queremos destacar dos aspectos de la Sentencia:
- En su Fundamento de Derecho Cuarto,
el Tribunal Supremo vuelve a destacar algo que en nuestro sistema judicial
debería ser obvio, y es que las Audiencias Provinciales debe acatar la
Jurisprudencia del Tribunal Supremo. Así al final de tal Fundamento de Derecho
Cuarto dice expresamente el Tribunal Supremo « La
sentencia recurrida, se aparta de la doctrina mencionada, sustentando su
postura en datos inconsistentes, imprecisos e incompletos, limitándose a
mencionar las bondades del mantenimiento del sistema de custodia sin
contrastarlo con las posibilidades del solicitado, que aconsejaba el informe
psicosocial.»
- Por otra parte, en el Fundamento de
Derecho Quinto viene a resolver, novedosamente, qué hacer con el uso de la
vivienda común cuando los progenitores no tienen capacidad económica suficiente
para mantener tres viviendas. Así establece que en estos casos debe denegarse
el uso de la vivienda a ambos progenitores para que una vez sin uso se pueda
liquidar.
Entendemos,
pues, que esta Sentencia cobra especial importancia por cuanto viene a reiterar
cierto cansancio del Tribunal Supremo de tener que estar actuando casi como una
tercera instancia, ante la constante inaplicación, por muchos Tribunales, de la
doctrina fijada por el propio Alto Tribunal. Así como resuelve de manera práctica
qué hacer con la vivienda común cuando los progenitores no tienen capacidad
para mantener tres viviendas. En tal caso, lo mejor es no conceder el uso a
ninguno de los progenitores para que puedan proceder a la rápida disolución de
la vivienda, bien comprando uno de los progenitores su cuota de participación
al otro, bien vendiéndola a un tercero.
Para
más información: Asociación Europea de Abogados de Familia
915708739
info@asociacionabogadosfamilia.com
www.asociacionabogadosfamilia.com
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